
Luego de que este lunes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmara la condena por corrupción contra Cristina Kirchner en la causa Vialidad, tomó nueva relevancia una medida que ya había adoptado el gobierno de los Estados Unidos a mediados de marzo pasado: la prohibición de ingreso al país para la ex presidenta por su participación en causas de corrupción.
La decisión había sido anunciada por el entonces secretario de Estado Marco Rubio, en el marco de las sanciones aplicadas también contra el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, y sus respectivos familiares directos.
Según el comunicado oficial del Departamento de Estado, ambos “abusaron de sus cargos al orquestar y beneficiarse económicamente de múltiples tramas de soborno relacionadas con contratos de obras públicas, lo que resultó en el robo de millones de dólares al gobierno argentino”.
Las restricciones alcanzaron también a los familiares directos de ambos ex funcionarios. En el caso de Cristina Kirchner, se incluyó a sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner. En el de De Vido, a su esposa, Alessandra Minnicelli.

Las sanciones se aplicaron en virtud de la Sección 7031(c) de la Ley de Asignaciones para Operaciones Extranjeras y Programas Relacionados del Departamento de Estado de 2024, la cual establece que el Secretario de Estado debe “designar”, de manera pública o privada, a funcionarios extranjeros y sus familiares inmediatos sobre los que se tenga “información fidedigna de participación en actos de corrupción significativa o en una grave violación de los derechos humanos”.
El objetivo de las designaciones es "exponer a los actores corruptos a través de la atención de los medios, apoyar las acciones de aplicación de la ley local, promover la rendición de cuentas y destacar la necesidad de reformas legales anticorrupción”, puntualizó el Departamento de Estado.
Durante la administración del presidente Joe Biden, también se adoptaron medidas similares contra otros ex jefes de Estado como Horacio Cartés (Paraguay), Ricardo Martinelli (Panamá) y Rafael Correa (Ecuador), así como contra figuras autoritarias como Nicolás Maduro (Venezuela), Raúl Castro (Cuba) y Daniel Ortega (Nicaragua).

En noviembre del año pasado, la Cámara Federal de Casación Penal había confirmado la condena contra CFK a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en el marco del caso de la obra pública adjudicada al empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz.
En ese expediente, Julio De Vido fue absuelto. Sin embargo, el ex ministro de Planificación Federal ya había sido condenado a cinco años y ocho meses de prisión por su responsabilidad en la tragedia ferroviaria de Once, en la que murieron 51 personas, y permanece procesado por otras causas como el fraude en la mina de carbón de Río Turbio y la denominada causa de los Cuadernos.
Este lunes, la Corte Suprema ratificó aquel fallo emitido en noviembre por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en la causa Vialidad, lo que dejó firme la condena a Cristina Kirchner por defraudación al Estado. La resolución fue adoptada de manera unánime por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Así, la ex mandataria deberá cumplir seis años de prisión, quedando además inhabilitada de por vida para ejercer cargos públicos. La sentencia contempla el decomiso de aproximadamente 84.000 millones de pesos.

Desde el retorno de la democracia en 1983, sólo dos ex presidentes fueron condenados por la Justicia argentina: el otro fue Carlos Menem.
A partir de ahora, será el Tribunal Oral Federal Nº2 el que deberá resolver sobre las condiciones de cumplimiento de la pena para la ex presidenta y los otros ocho condenados, entre ellos Lázaro Báez y José López.
Es muy probable que en el caso de Cristina Kirchner, el TOF 2 resuelva concederle el beneficio del arresto domiciliario por contar con más de 70 años.
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